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HOTEL CARRASCO: LA HISTORIA SIN FIN

ALDÍA2156

1) Exigen obras al Hotel Carrasco tras otorgarle beneficio millonario

2) TLC entre Mercosur y Unión Europea incluye liberalización de las telecomunicaciones.

3) Reglamento de la ley de medios prevé multas de hasta US$ 200 mil.

4) UPM: Qué necesidad de vender el patrimonio de los orientales a tan bajo precio


COMCOSUR AL DÍA / AÑO 18 / Nº 2156 / NOTICIAS Y PENSAMIENTOS / Viernes 15 de diciembre de 2017 / Producción: Andrés Capelán

“Vivimos en la mentira del silencio. Las peores mentiras son las que niegan la existencia de lo que no se quiere que se conozca.
Eso lo hacen quienes tienen el monopolio de la palabra. Y el combatir ese monopolio es una tarea central.” — Emir Sader
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1) Exigen obras al Hotel Carrasco tras otorgarle beneficio millonario
Intendencia preocupada porque no presentó el nuevo plan de negocios.
Andrés López Reilly (El País)

Durante mucho tiempo, el Hotel Casino Carrasco pareció caminar por la cuerda floja. O al menos eso fue lo que el concesionario hizo notar a buena parte del espectro político y a sus propios empleados, muchos de los que fueron al Seguro de Paro. Palabras más, palabras menos, la firma comunicó a la Intendencia que si no le cambiaba las condiciones del contrato —haciéndolo más flexible y rebajándole el canon— el negocio se iría a pique, con la consiguiente pérdida de fuentes laborales y de un icono de Montevideo.

Finalmente, la Intendencia —con la anuencia de la Junta Departamental— accedió al pedido, aunque con ciertas condiciones. Algunas quedaron en el papel y otras fueron palabra empeñada. A su vez, por un acuerdo entre privados, la IMM se libró de un juicio multimillonario en dólares que cargaba sobre sus hombros desde que concedió la gestión a la firma Codere (ver nota aparte).

La finalidad de todos los beneficios que se le concedieron al concesionario del Sofitel Montevideo Casino Carrasco & SPA era básicamente una: que cambiara su plan de negocios para captar apostadores VIP internacionales, como figura en el plan de la empresa desde hace años, pese a que nunca lo haya concretado. Se trata de apostadores muy diferentes al común de los mortales: personas a las que se les paga traslados aéreos, hospedaje, comida, bebidas, vehículo particular y obsequios. Y que pueden llegar a gastar un millón de dólares en un fin de semana.

Pero pese a que la empresa obtuvo lo que se propuso, los cambios prometidos no se han visibilizado. A esto se suma que, al finalizar la negociación del nuevo contrato, Codere concluyó su relación con el gerente general y contraparte con el Estado uruguayo, el español Ignacio García. La firma tiene ahora otras autoridades, que según el Partido Nacional carecen de expertise en salas de juego como para poder llevar adelante los cambios anunciados.

El director de Casinos de la Intendencia de Montevideo, Hugo Gandoglia, dijo ayer a El País que el nuevo contrato, más flexible y económico para el concesionario, se hizo para potenciar el juego del apostador VIP, aunque admitió que "no lo están haciendo y nosotros se lo hemos reclamado insistentemente. Yo personalmente lo he hecho. Y me consta que se han hecho gestiones al más alto nivel para que esto se concrete".

Pedido de informes.

Desde el sector Alianza Nacional, del Partido Nacional, se presentó a nombre del edil Javier Barrios un pedido de informes a la Intendencia para conocer el estado de situación tras el acuerdo alcanzado con la empresa.

Este sector político destaca que, entre otras cosas, la concesionaria se obligó a invertir US$ 4.000.000 en obras de acondicionamiento y mejoras de la infraestructura interior y exterior; pasar la sala de juegos del subsuelo a la planta baja, cambiar el ingreso al casino, construir una sala de conferencias y adaptar el espacio externo trasero para la realización de eventos. Tiene 36 meses la ejecución y han transcurrido casi doce.

El líder de la lista 250, diputado Jorge Gandini, dijo a El País que "todo eso se suponía que lo iban a hacer, pero no han hecho nada". Y que "el intendente Daniel Martínez debe hacer cumplir el acuerdo".

"Lo primero que a mí me preocupa es que el contrato se elaboró sobre la base de un nuevo plan de negocios, que no ha sido presentado. El plan de negocios tiene que ver con una nueva modalidad de explotación que hace crecer la sala de juegos y la cambia de lugar, colocándola más cercana al público y cambiándole el ingreso para que no quede por atrás sino por el costado. Se tiene que hacer una sala de conferencias y una nueva sala VIP de mayor tamaño", indicó Gandini.

"A mí me da la impresión de que la empresa quedó feliz con el canon que tiene que pagar, que no piensa hacer mucho y que si empata, empata", agregó el legislador nacional. Y advirtió: "Quiero que sepan que los estamos mirando, porque esta gente recorrió todo el sistema político pidiendo contemplación para cambiar un contrato que se les dio a partir de una licitación muy complicada y recurrida".

Fuera del papel.

El director de Casinos dijo "coincidir con Gandini" en cuanto a que el nuevo plan de negocios "es el elemento central, porque esas obras que se deberían hacer, como llevar la sala de juegos arriba, no tienen sentido si no se desarrolla un plan para ese universo de apostadores VIP. Que es además el que necesita la explotación comercial, para aspirar a tener un negocio lucrativo".

Aunque Gandoglia señaló que la empresa "nunca ha dicho que no vaya a hacer las obras", aclaró que "hay temas que están formalizados por escrito y otros que forman parte de lo que siempre se conversó, pero que no están exactamente puestos por escrito". Entre los requerimientos que no quedaron establecidos por escrito, estarían las obras para cambiar el casino de lugar, hacer una nueva sala de conferencias y otro salón VIP para los apostadores, explicó.

Un juicio contra la IMM que se diluyó

Las negociaciones con la empresa incluyeron la renuncia al juicio que la propietaria del otro 50% de Hípica Rioplatense mantenía con la Intendencia de Montevideo por la concesión del Hotel Carrasco. El nuevo contrato transformó a la empresa Codere —que en el mismo proceso adquirió el 50% restante de Hípica Rioplatense— en el principal concesionario de juegos de apuestas en Uruguay.

De acuerdo al diputado Gandini, pasó a ser concesionaria del 100% del Hipódromo de Maroñas, del Hipódromo de Las Piedras "y a participar en la administración de varios hipódromos del interior, a través de Hípica Rioplatense, titular de cinco salas de juego mixtas en Montevideo y Canelones y un casino de administración privada de origen departamental"

Según el legislador, "Liberman (oferente que quedó en segundo lugar en el llamado a licitación) se llevó US$ 30 millones, dio de baja el reclamo y se sacó de encima el problema de ser socio de Codere, que no es fácil".

Nuevo acuerdo

Tras el cambio de contrato, el adjudicatario se vio beneficiado en una reducción del canon que originalmente había ofertado y debería pagar a la Intendencia durante 30 años, según la Licitación Pública Internacional N°268/2007. Con la oferta original, la concesionaria debía abonar un canon fijo de unos US$ 500.000 por mes, más uno variable según el monto de juego, por lo que el canon anual podría alcanzar los US$ 8 millones.

En la actualidad, el canon es enteramente variable, con un piso mínimo anual de US$ 1.500.000. La reducción fue significativa en monto anual y mucho más en monto total al final del contrato. Por otra parte, se le aceptó refinanciar en 24 meses la deuda que el concesionario mantenía con la comuna por incumplimiento de pago del canon original, que a septiembre de 2016 ascendía a $ 78.202.683.

El director de Casinos de la IMM, Hugo Gandoglia, dijo a El País que "la garantía que tenían que constituir de US$ 8 millones en un aval bancario de primer requerimiento, está constituida" y que "han cumplido rigurosamente con el calendario de pagos, tanto del canon como de la cuota del pago de la deuda".

COMCOSUR AL DÍA / VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2017
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2) TLC entre Mercosur y Unión Europea incluye liberalización de las telecomunicaciones. MIEM asegura que TLC Mercosur-UE no afectará a Antel y explica por qué no se pudo excluir telecomunicaciones
Natalia Uval (La diaria)

El capítulo de liberalización del comercio de servicios del Tratado de Libre Comercio (TLC) que negocian el Mercosur y la Unión Europea (UE) tiene 38 páginas. Según el borrador filtrado por Greenpeace Holanda, fechado el 5 de octubre de 2017, varias disposiciones del TLC son idénticas a las que se negocian en el Acuerdo sobre Comercio de Servicios (TISA) del que Uruguay se retiró en 2015. Por ejemplo, la exigencia a los gobiernos de que sus políticas públicas en materia de servicios se adopten de forma “razonable, objetiva e imparcial”. Esta es una cláusula ambigua y está sujeta a interpretación, y es una de las más utilizadas por empresas transnacionales para demandar a los estados ante los tribunales de arbitraje.

En el caso del TLC entre el Mercosur y la UE, todavía no se conoce cuál será el organismo de solución de controversias, pero se presume que los europeos propondrán, como ya lo han hecho en otros foros internacionales, crear un Tribunal Multilateral de Inversiones que sustituya a otros organismos, como el Centro Internacional de Arreglo de las Diferencias Relativas a Inversiones.

Al igual que el TISA, el capítulo sobre comercio de servicios de este TLC establece que los requisitos para otorgar licencias deben ser “objetivos”, “claros y no ambiguos” y que, en caso de haber competencia para otorgar la licencia, los procedimientos deben ser “imparciales y transparentes”.

Al comienzo del capítulo sobre comercio de servicios, se observan diferencias entre la UE y el Mercosur similares a las de otros capítulos del TLC. La propuesta del Mercosur establece que la liberalización debe “respetar los objetivos de política nacional y reconocer los distintos niveles de desarrollo de las partes, no sólo en términos generales, sino también a nivel sectorial”. Agrega que la UE deberá “asistir a Paraguay para que pueda cumplir con las obligaciones del capítulo”, así como proporcionarle un “trato especial y diferenciado”. En cambio, la UE no está de acuerdo con esta propuesta y sugiere un texto que solamente señala: “La UE no se opone al principio de reconocer las asimetrías respecto de Paraguay, pero considera que este principio debe ser parte de las disposiciones generales del acuerdo”.

En cambio, sí hay acuerdo de ambas partes en aclarar que nada en el capítulo implicará la necesidad de cualquiera de los países de “privatizar servicios públicos” y en señalar que el capítulo no aplicará a los sistemas de seguridad social. Otros servicios excluidos del TLC son el cabotaje marítimo, los servicios aéreos, la minería, la energía nuclear, los servicios audiovisuales y la producción de armas.

La liberalización del comercio de servicios implica que los países no podrán limitar el número de proveedores de servicios en una actividad determinada, bajo la forma de “cuotas, monopolios y derechos exclusivos”. Tampoco podrán establecer limitaciones a la concentración de mercado, ni a la participación del capital extranjero en una inversión, ni exigir un número total de personas empleadas.

Se establece la cláusula de “trato nacional” –una disposición que atraviesa todo el TLC–, que implica que los proveedores de servicios europeos deberán recibir el mismo trato que los nacionales en cada país del Mercosur, y viceversa. Se estimula el intercambio de servicios entre profesionales independientes y se establece la necesidad del reconocimiento mutuo de las calificaciones educativas y la experiencia laboral.

Telecomunicaciones y bancos

En el TLC que Uruguay firmó con Chile, se excluyeron de la liberalización los servicios financieros y las telecomunicaciones, por considerarlos temas sensibles para el país. En cambio, en el TLC entre el Mercosur y la UE no sólo están incluidas estas actividades, sino que además son de las pocas que tienen disposiciones específicas: se destinan seis de las 38 páginas del capítulo a las telecomunicaciones y cinco páginas a servicios financieros.

En cuanto a la liberalización de los servicios financieros, se aclara que los países no están impedidos de tomar medidas para proteger a los inversores y los depósitos, así como para asegurar la “integridad y estabilidad del sistema financiero” en cada país. También se aclara que no se exigirá a las partes que revelen información relacionada con cuentas de clientes individuales ni cualquier información confidencial en posesión de entidades públicas. Se disponen mecanismos para cooperar en materia de transparencia financiera, en los que Uruguay ya ha avanzado en los últimos años.

Finalmente, se aclara que ninguna de las disposiciones en materia de liberalización de los servicios financieros implica que los países no puedan adoptar medidas con miras a proteger la vida humana, animal o vegetal. Los países también están habilitados a tomar medidas destinadas a conservar los recursos naturales, siempre que estas medidas sean igualmente restrictivas para los consumidores y los proveedores domésticos que para los extranjeros. Se aclara que los países podrán adoptar medidas necesarias para proteger los tesoros nacionales de valor artístico, histórico y arqueológico. El Mercosur propuso en esta parte que también se habilite a los países a adoptar medidas necesarias para combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, pero en esto todavía no hay acuerdo con la UE.

El presidente del Banco Central del Uruguay, Mario Bergara, dijo a la diaria que la liberalización de los servicios financieros contenida en el acuerdo no afectará negativamente a Uruguay. “No hay demasiada complicación porque nosotros somos muy abiertos en servicios y en particular en los financieros. O sea que estamos muy bien posicionados para negociar en la materia. No hay nada relevante que nos puedan ‘arrancar’ por ese lado”, aseguró.

En telecomunicaciones, la pregunta es cuánto afectará a las actividades de Antel la liberalización prevista. Esto no puede responderse sin conocer la lista de excepciones y exclusiones que plantea Uruguay, que no es pública.

El capítulo filtrado sostiene que la autoridad regulatoria de los servicios de telecomunicaciones deberá tener una entidad legal distinta y ser funcionalmente independiente de los proveedores de servicios de telecomunicaciones, algo que en Uruguay ya es así. Se establece además que las decisiones de la autoridad regulatoria deberán ser “imparciales respecto a todos los participantes del mercado”, y allí se agrega una nota en borrador: “Las partes deberán evaluar sobre la reserva planteada por Uruguay respecto a las asignaciones de espectro”.

Otra disposición sobre telecomunicaciones establece que los procedimientos para asignar y usar “recursos escasos, incluidas frecuencias”, deberán realizarse de forma “objetiva, transparente, no discriminatoria y con plazos”.

Pero la parte más complicada para Antel es la obligación que el capítulo impone a la empresa estatal de poner a disposición de las empresas transnacionales la infraestructura de telecomunicaciones, lo que incluye antenas y la fibra óptica. Esta obligación fue uno de los puntos críticos para Uruguay en las negociaciones del TISA. La disposición contenida en el acuerdo establece que “cada parte deberá asegurar que el principal proveedor en su territorio otorgue acceso a la infraestructura esencial”, en condiciones “razonables y no discriminatorias” en términos de precio, estándares técnicos y calidad.

La directora general de secretaría del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), Fernanda Cardona, dijo a la diaria que en las negociaciones para la firma de un Tratado de Libre Comercio (TLC) entre el Mercosur y la Unión Europea (UE), Uruguay propone que se respete la normativa nacional en materia de telecomunicaciones. En ese sentido, el acuerdo “no representa para nuestro país ninguna innovación ni lesiona a Antel en tal sentido”, aseguró la jerarca.

Explicó que en este caso no pudo excluirse de las negociaciones el capítulo sobre telecomunicaciones, tal como se hizo en el caso del TLC entre Uruguay y Chile, porque se trata de una negociación entre bloques. “En el caso de la negociación con Chile, Uruguay trasladó su interés y logró exceptuar telecomunicaciones, situación que no puede aplicarse en el caso de Mercosur-UE, porque el interés de Uruguay no es compartido por el resto del Mercosur”, señaló Cardona. La jerarca hizo notar “la complejidad de negociar primero entre la región y luego con el otro bloque o región, en este caso con la UE, por lo que Uruguay no siempre puede lograr plasmar sus intereses particulares”.

Destacó de todos modos que en el acuerdo con la UE se está negociando por listas de ofertas y no por listas negativas, como se negoció en el TLC con Chile o en el Acuerdo sobre Comercio de Servicios (TISA), del que Uruguay se retiró en 2015. Con las listas negativas “el principal riesgo radica en no dejar de nombrar nada que se quiera excepcionar, debiendo prever muy bien qué bienes o servicios presentes o futuros se pretende resguardar, porque si no se mencionan quedan incluidos en el acuerdo”; por otra parte, en la negociación por listas de ofertas se puede hacer “aclaraciones o puntualizaciones que ayudan a identificar más detalladamente qué bienes o servicios específicamente son los ofertados, y no otros”.

Requisitos para los árbitros

Hoy concluye la Conferencia Ministerial de la Organización Mundial de Comercio (OMC) en Buenos Aires, sin resultados sustantivos en materia de liberalización del comercio. La conferencia sirvió de marco para las intensas negociaciones técnicas y políticas entre el Mercosur y la UE, con miras a avanzar hacia la suscripción del acuerdo. Si bien el presidente brasileño, Michel Temer, se mostró optimista en cuanto a que el TLC podría firmarse el 21 de diciembre en Brasilia, durante la cumbre del Mercosur, la negociación no avanzó lo suficiente y la esperanza de arribar a consensos se postergó para el año próximo.

El martes, luego de participar en una reunión de cancilleres del Mercosur, el ministro de Relaciones Exteriores, Rodolfo Nin Novoa, dijo que la UE sigue sin mejorar su oferta en carne y etanol, pese a que el Mercosur “hizo un esfuerzo” e incorporó 90% de los bienes a su oferta de apertura de mercados. “Uruguay casi que no ha puesto nada, porque la mejor oferta de todas era la de Uruguay. La peor era la de Argentina, porque venía del gobierno anterior, pero ahora hizo un gran esfuerzo. En contrapartida, estábamos esperando que ellos mejoraran su oferta. No les pedíamos más apertura, sino que mejoraran su oferta en dos elementos importantes para el Mercosur, como la carne y el etanol”, pero “lamentablemente no lo hicieron”, dijo Nin. Según recogió el sitio web de Presidencia, el canciller uruguayo afirmó que en las negociaciones se acordaron “en beneficio de Uruguay” algunos temas que despiertan “algunas sensibilidades que siguen apareciendo y son viejas” en relación con el efecto que podría tener el tratado “en materia de comunicaciones y servicios financieros”.

Según dijeron a la diaria fuentes vinculadas a la negociación, la UE pretende que el Mercosur otorgue mayores concesiones en propiedad intelectual, compras públicas, servicios, reglas de origen, indicaciones geográficas y medidas sanitarias y fitosanitarias, y el Mercosur pretende una mejor oferta en agricultura. El Mercosur garantizó 90% de apertura de mercado en un plazo de cinco años y no de 80% en siete años, como había propuesto antes.

El capítulo de solución de controversias del TLC es uno de los que no están cerrados todavía. Cardona señaló que se trata de un tema “de difícil abordaje”, no sólo por el costo que implica que los estados se sometan a tribunales arbitrales, sino por “la falta de experiencia que estados como el nuestro tienen en la materia”. “Uruguay ha planteado requisitos que, entiende, deben cumplir no sólo los árbitros sino que deben cumplirse en el propio procedimiento arbitral, a efectos de establecer condiciones claras de elección, independencia e incompatibilidades, procedimientos de selección garantistas, entre otros, con especial énfasis en que esa competencia no recaiga en el CIADI [Convenio sobre Arreglo de Inversiones]. Entendemos que esta posición fue recibida y aceptada en el marco de las negociaciones”, aseguró.

COMCOSUR AL DÍA / VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2017
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3) Reglamento de la ley de medios prevé multas de hasta US$ 200 mil. Habrá sanciones leves, graves y muy graves para los medios
Martín Natalevich (El Observador)

Desde un simple apercibimiento a una sanción de más de US$ 200 mil, la reglamentación de la ley de medios que hizo el Poder Ejecutivo establece 63 tipos de infracciones -categorizadas en leves, graves y muy graves- por el incumplimiento de las disposiciones previstas en la normativa.

Una falta leve, por ejemplo, se considera la vulneración de la independencia de periodistas. El Consejo de Comunicación Audiovisual (CCA) -un órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo responsable de la aplicación, fiscalización y cumplimiento de las disposiciones de la ley- tendrá que diseñar un "mecanismo de denuncia de presiones directas e indirectas que se puedan ejercer sobre los comunicadores", según se establece en el artículo 9 del decreto al cual accedió El Observador.

La ministra de Industria, Energía y Minería, Carolina Cosse, dijo a El Observador que esa disposición se incluyó "respetando el espíritu de la ley que promueve la libertad de expresión en toda su extensión". El CCA tendrá entre sus propósitos la formulación y aplicación de los lineamientos vinculados a la protección y promoción de derechos de los niños, niñas y adolescentes en los servicios de comunicación audiovisual en seguimiento de las políticas que decida el Poder Ejecutivo en este tema.

Cosse señaló que la norma se centra en los sujetos de derecho y no en el contenido de los programas, aunque indicó que los medios pueden cumplir una función educativa. "Tenemos un cambio civilizatorio que todos estamos viviendo y los medios tienen un papel a jugar ahí para ayudar a contrarrestar este cambio que empuja hacia la individualidad y el egoísmo", dijo la ministra.

En este sentido el CCA cumplirá una función de "protección de derechos de usuarios y consumidores" que se refiere de forma exclusiva al "contralor de contenidos", señala el decreto. De hecho, la difusión de manera reiterada de programación en "violación al derecho de no discriminación y a la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes" recibirá una sanción acorde a una falta "muy grave".

Accesibilidad

En materia de "derechos de las personas" el proyecto de decreto obliga, de forma gradual, a la televisión abierta a poner lenguaje de señas para programas que sean una producción o coproducción propia. A partir del 2 de mayo de 2018, los canales de televisión abierta deberán incluir en un cuadro dentro de la imagen a un intérprete de lengua de señas que traduzca en tiempo real los contenidos verbales de todos los programas informativos incluidos en su grilla.

Para el 1º de agosto de 2018, los servicios de televisión abierta deberán incorporar el lenguaje de señas o un sistema de subtitulado para todos los programas informativos y de tres programas periodísticos, de debate, deportivos, culturales o de interés general. A partir del 2 de mayo de 2019, la intérprete o el sistema de subtitulado será para todos los programas periodísticos, de debate, deportivos, culturales o de interés general de producción coproducción propia incluidos en su grilla.

Cosse explicó que se adoptó un criterio de "gradualidad" para poder lograr el objetivo de conciliar el derecho de las personas "con capacidades diferentes" con las posibilidades de la media. "Dimos un tiempo para que los medios se puedan ir adaptando", subrayó. El incumplimiento de estas disposiciones será considerada como una falta grave y podrá tener una multa de hasta 1.500 unidades reajustables (US$ 52.800 hoy).

Transmisión de fútbol

El capítulo II de la reglamentación está dedicado al acceso a "eventos de interés general" y específicamente establece los criterios de transmisión de los partidos de la selección uruguaya de fútbol y básquetbol por televisión abierta en directo y simultáneo. "Hubo una oportunidad en la reglamentación de definir varias cosas para poder aportar claridad para todos", subrayó Cosse.

En primer lugar se define el concepto de "actividades oficiales en torneos internacionales" como la totalidad de las competencias organizadas por la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA), la Confederación Sudamericana de Fútbol (CSF), la Federación Internacional de Baloncesto (FIBA) y su filial FIBA Américas, el Comité Olímpico Internacional (COI), el Comité Paraolímpico Internacional (CPI) y la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA).

También se define lo que se entiende como "instancias definitorias" siguiendo los mismos criterios empleados hasta ahora por la Ursec: la semifinal y final del torneo. "En caso en que el sistema de disputa del torneo no prevea final y semifinales se emitirán (…) los dos últimos partidos de la serie, siempre que la selección nacional mantengan chance matemática de hacerse con el título del torneo", establece la norma.

El decreto también estipula que en las competencias que sean clasificatorias a un torneo internacional (eliminatorias) deberán emitirse por televisión abierta todos los partidos cuyo resultado pueda determinar directamente la clasificación o eliminación de la selección nacional.

Se debe utilizar la transmisión original tal cual la emite quien sea dueño de los derechos de transmisión (incluyendo la pauta publicitaria) y ninguna de estas disposiciones implica la posibilidad de modificar los derechos contractuales del titular de los derechos de emisión. "Se garantiza que no se toca la publicidad del titular de los derechos. Eso fue algo que lo tuvimos bien en cuenta", dijo Cosse. Negar el acceso a eventos de interés general es considerada una infracción "leve" y puede tener una multa de hasta 300 unidades reajustables (US$ 10.560 hoy).

Retransmisión y producción

Cuando las señales de radio o televisión quieran retransmitir su programación por más de cinco horas el Consejo de Comunicación Audiovisual analizará para cada caso la aplicación de criterios de acumulación territorial, es decir, el número de localidades donde se pretende hacer la retransmisión.

Cosse señaló que la razón del límite de cinco horas es la promoción de la igualdad en el acceso a los contenidos, evitar la concentración y promover la producción nacional. "Tiene que haber un equilibrio entre contenidos locales y que todo el mundo acceda a contenidos de interés general", dijo la ministra.

Para el caso de los canales de Montevideo la ley estableció que un 60% de la programación total debe ser de producción propia. El presente reglamento fija que "al menos 20% de la programación total de los servicios de televisión que emitan fuera de Montevideo deberá ser de producción local". Asimismo se le impone a las radios la obligación de emitir al menos 30% de música nacional.

Publicidad regulada

El proyecto de decreto de la reglamentación de la ley de medios establece que el espacio en televisión publicitario deberá estar marcado al inicio y al final a través de una placa visual acompañada de una indicación sonora. La ley había fijado el máximo de 15 minutos de publicidad por hora. La ministra de Industria, Energía y Minería, Carolina Cosse, dijo a El Observador que ese es el criterio que regirá para Montevideo pero no para el interior. "En el interior el minuto de publicidad vale diez veces menos. Entonces establecimos diferencias y lo hicimos conversando con medios del interior", dijo la jerarca.

Esperan por la Chasca para seguir

El Ministerio de Industria, Energía y Minería espera por la definición de la Comisión Honoraria Asesora de Servicios de Comunicación Audiovisual (Chasca) para enmendar –si fuese necesario- y publicar el proyecto de decreto reglamentario de la ley de medios. El Ejecutivo envió el texto de la norma a principios de noviembre y aguarda que se expida dicho organismo para "evaluar el camino a seguir", dijo Cosse.

COMCOSUR AL DÍA / VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2017
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4) UPM: Qué necesidad de vender el patrimonio de los orientales a tan bajo precio
Gustavo Buquet

La tónica del contrato refleja el excesivo poder que el gobierno uruguayo transfirió a UPM. En primer lugar, el compromiso de llevar adelante las inversiones de infraestructura, independientemente de si UPM hace o no la inversión.

La inversión del gobierno y la rentabilidad de UPM

La inversión en infraestructura, ferrocarril central, caminería en torno a la planta y el dragado del puerto, según las propias cifras que maneja el gobierno, sumaría un total de 1.200 millones de dólares. Según el gobierno, estas inversiones se van a implementar mediante contratos de participación público-privada (PPP). Tomando en cuenta la experiencia de Uruguay en esta materia, el gobierno, como mínimo, ha pagado 20% de la inversión por año durante 20 años.(1) Es decir, el gobierno deberá pagar por esta inversión y su mantenimiento, como mínimo, 240 millones de dólares por año durante 20 años, lo que es lo mismo que un Valor Actual Neto (VAN) de casi 3.200 millones de dólares.(2)

Por su parte, UPM se compromete a pagar un canon, además de invertir en algunos otros ítems, como una partida para contribuir a descontaminar el río Negro, proveer el saneamiento de Paso de los Toros, realizar la conectividad para la transmisión de la energía eléctrica, una partida de formación y otra de innovación. Todos estos aportes de UPM generan un VAN de 146 millones de dólares.

Hasta ahora, Uruguay pone 3.200 millones de dólares y recibe 146 millones. El saldo negativo para Uruguay es de 3.054 millones de dólares.

Uruguay invierte para UPM 3.054 millones de dólares; ¿qué recibe?

UPM invierte 2.200 millones de dólares y, según las cifras oficiales, esto generará una ocupación de 4.000 empleos en la construcción de la planta durante tres años, y también 4.000 empleos directos e indirectos permanentes una vez que la planta esté operativa. Generará unas exportaciones de 1.000 millones de dólares por año, un crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) de 2%, una recaudación tributaria de 120 millones de dólares por año, y un crecimiento del producto de 10% en los departamentos donde el proyecto impacta de forma directa: Tacuarembó, Durazno, Florida y Cerro Largo.

Estas cifras no miden correctamente el impacto de la planta. Para ello habría que comparar cuál es la actividad con la planta y cuál sin la planta, de forma tal que la diferencia midiera el impacto real. Por ejemplo, la actividad forestal, producto de los establecimientos ya existentes, tendrá actividad con la planta o sin la planta. Según un estudio realizado por CPA Ferrere, la cadena forestal representa 3,6% del PIB.

En este sentido se podría estimar cuál es el valor del PIB de la actividad forestal sin la planta. La capacidad de la planta de UPM será de dos millones de toneladas de pulpa de celulosa, para lo que se requieren 6,7 millones de metros cúbicos de madera por año, es decir, unos 420 millones de dólares por año.(3) Por lo tanto, la actividad de la planta no generará un incremento del producto permanente de 2%, sino de un poco más de 1%. En estas condiciones, el impacto en PIB, empleo y recaudación fiscal será bastante menor que los valores estimados por el gobierno. Lo mismo vale para el desarrollo local pronosticado.

Lo que UPM se llevará

Otro dato que no se ha dado es cuáles serán los beneficios obtenidos por UPM al año. Según los balances de UPM I, que produce un millón de toneladas de pulpa de celulosa al año, los beneficios promedio de 2015 y 2016 fueron de unos 175 millones de dólares por año. La nueva planta, que producirá por lo menos el doble, va a obtener beneficios aproximados por valor de 350 millones de dólares al año. Si los beneficios de UPM serán de 350 millones de dólares al año, del crecimiento de 2% del PIB comunicado por el gobierno, UPM se llevará 0,7% en forma de utilidades remitidas a la matriz. Del impacto de los 2 puntos porcentuales, entre el PIB de la forestación, más las utilidades que se lleva la empresa, el impacto de la planta quedará en torno a 0,5 del PIB.

También Uruguay se comprometió a extender las condiciones del contrato de la planta UPM I a UPM II, lo que significaría una extensión de la exoneración de impuestos durante 16 años más. Unos 52 millones de dólares más por año, equivalente en VAN a 360 millones.

Ahora las cuentas son: Uruguay invierte 3.054 millones de dólares en términos netos (inversión menos aportes recibidos). Mientras que UPM, en términos netos, se lleva 1.360 millones de dólares (VAN de beneficios anuales de UPM II durante 30 años, más VAN de beneficios anuales de UPM I durante 16 años, menos inversión –3.200 dólares + 360 dólares– 2.200 dólares). A su vez, sumando salarios, beneficios de las pymes proveedoras de la planta, e impuestos, quedan para Uruguay menos de 300 dólares por año.

Qué podría hacer Uruguay con 240 millones anuales durante 20 años

La pregunta que debería hacerse el gobierno uruguayo es: ¿qué otro destino podría tener la inversión de 240 millones de dólares por año durante 20 años, o los 3.054 dólares en su forma VAN?

Para hacer una comparación gráfica, con 240 millones de dólares se podría construir cuatro instituciones de salud como el Hospital de Clínicas por año. Alineándonos con los objetivos del gobierno, se podría promover el desarrollo de los cuatro departamentos mencionados, y el resto de Uruguay, con encadenamiento productivo, empleo, exportaciones y recaudación fiscal, formación técnica, polos tecnológicos, innovación tecnológica, etcétera. Lo más importante es que de esta decisión alternativa se disminuiría la dependencia con UPM y el resultado del crecimiento del PIB quedaría para Uruguay.

El contrato con UPM y los compromisos asumidos por Uruguay

Todas las especificaciones técnicas del contrato están hechas especialmente para la planta. Incluso con estas exigencias,la cláusula del Contrato 4.3 del Cronograma establece: “Las Partes reconocen y acuerdan que la Decisión Final de Inversión de UPM sobre si procede o no con el Proyecto de Planta de Celulosa quedará sujeta a la sola discreción de UPM, aun cuando cada una de las Condiciones Necesarias hayan sido satisfechas y el Contrato Complementario haya sido suscrito”.

Además, el contrato obliga a UTE a comprar la energía que producirá la planta a un precio elevado que implicaría que UTE le transfiriera por lo menos diez millones de dólares más por sobreprecio por año;(4) monto que, por cierto, supera la suma de todos los conceptos que UPM paga a Uruguay.

El contrato también establece el precio máximo que Uruguay podrá cobrar por tonelada transportada en el ferrocarril. Dicho precio, por dos millones de toneladas, podría alcanzar un valor total de tres millones de dólares por año; poco más de 1% de lo que Uruguay se compromete a pagar por las obligaciones contraídas con las PPP.

Por otra parte, el poder que transfirió el gobierno a UPM se da en dos cláusulas sustantivas. La primera es el Acuerdo de Precios Anticipados (APA), que define el precio que pagará la planta por tonelada de madera que recibe de sus propios establecimientos forestales. En caso de que el precio acordado sea lo suficientemente bajo, se les estará concediendo, por la vía de los hechos, la condición de zona franca también a los establecimientos forestales de UPM. En el contrato queda bien claro en el literal c del capítulo 3.1.2, “Asuntos tributarios”, que “[…] La firma de dicho APA será Condición Necesaria para la Decisión Final de Inversión de UPM”.

En este mismo sentido, en el literal c del punto 3.6.10, “Mecanismos de prevención y solución de conflictos”, el contrato establece que “UPM deja expresa constancia que si el resultado de las negociaciones en ese ámbito no fuera plenamente satisfactorio a los requisitos del Proyecto de UPM, podrá constituir una causal para que UPM no tome una Decisión Final de Inversión positiva”.

Es decir, Uruguay debe fijar todas la condiciones que le garanticen el funcionamiento y la máxima ganancia posible a UPM –infraestructura, precio de la energía, precio del transporte–; pero en aquellos asuntos sensibles en los que Uruguay no ha llegado todavía a un acuerdo, UPM intentará pagar el menor monto posible por concepto de Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas de sus establecimientos forestales, y establecer las restricciones máximas a posibles conflictos laborales. UPM establece expresamente que estas dos cláusulas serán determinantes para la decisión final que adopte. ¿Por qué Uruguay no le exigió a UPM que estos dos puntos tan sensibles quedaran saldados?

Es obvio que con la infraestructura construida, la capacidad de negociación del gobierno será muy baja para imponer condiciones que beneficien a Uruguay, tanto al Estado y su capacidad de recaudación, como a la libertad de acción del movimiento sindical. Esto le proporciona a la empresa un poder desmedido. Por ejemplo, su decisión positiva o negativa previa a las elecciones de 2019 influirá claramente en el resultado electoral. Qué necesidad de perder soberanía al mismo tiempo que vender el patrimonio uruguayo a tan bajo precio.

(1). Según el promedio de los siete pliegos licitatorios en estudio o ya adjudicados por el gobierno, esta cifra sube a 25% y 22 años. En el caso específico del pliego licitatorio del Ferrocarril Central (6/12/2017), el período es de 18 años; pero el pliego no cuenta con un precio máximo. Esta situación generará un impacto mayor que el previsto en este artículo.
(2). Esto es el valor que obtendría hoy el gobierno si se endeudara por 20 años, a pagar 240 millones de dólares por año a una tasa de interés de 3,52% anual. La tasa se tomó como costo de oportunidad del gobierno, ya que la última emisión de bonos en dólares a 20 y 50 años se fijó a esa tasa. Dicha emisión se hizo el 13 de julio de 2016.
(3). Se considera que un metro cúbico de madera rinde 0,3 de tonelada de pulpa de celulosa seca, y el precio de madera puesto en el puerto de Montevideo es de 63 dólares el metro cúbico.
(4). Actualmente UTE paga en torno a 63 dólares por MWh y se comprometió a pagar 72,5 dólares hasta un Tera. La diferencia de precio por esta cantidad da en torno a diez millones de dólares por año.

COMCOSUR AL DÍA / VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2017
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