1) SCJ declaró inconstitucionales cuatro artículos de la Ley de Medios –
2) Gobierno esperará más fallos para definir el futuro de la ley de medios –
3) Secretario de Presidencia seguirá personalmente juicio del Cóndor –
4) IMM intima al Hotel Carrasco a que le pague US$ 1.300.000 –
5) Estudio sugiere subir la edad de jubilación –
6) Cuesta abajo: ajuste y desindexación salarial por Antonio Elías –
7) Novick, Brechner, Gallinal, el esposo de Verónica Alonso y la pareja de Nin Novoa se suman a la lista de involucrados en los Panama Papers.
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COMCOSUR AL DÍA / AÑO 17 / Nº 2067 / NOTICIAS Y PENSAMIENTOS / Viernes 8 de Abril de 2016 / Producción: Andrés Capelán – Coordinación: Carlos Casares
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«Si asumes que no hay esperanza, garantizas que no habrá esperanza. Si asumes que hay un instinto hacia la libertad, que hay oportunidades para cambiar las cosas, entonces hay una posibilidad de que puedas contribuir para hacer un mundo mejor. Esa es tu alternativa». — Noam Chomsky
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1) SCJ declaró inconstitucionales cuatro artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual; Directv había impugnado 27.
(La Diaria)
Son unos 20 los recursos de inconstitucionalidad presentados contra la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA). Ayer, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) se pronunció sobre el primero, el que presentó la empresa Directv, y le dio la razón sobre la inconstitucionalidad de cuatro artículos. Sobre los otros 23 artículos cuestionados, la SCJ declaró que son constitucionales.
En términos generales, el fallo explica que el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Directv ponía en conflicto “el derecho de libertad de expresión en su dimensión colectiva con otros derechos fundamentales: el mismo derecho de libertad de expresión en su dimensión individual, el derecho de libertad de empresa y el derecho de propiedad”, y ante esto, la SCJ aclara que de esa forma se “soslaya, en sus cuestionamientos, la incidencia que el estándar democrático y la dimensión colectiva de la libertad de expresión tienen a la hora de resolver la regularidad constitucional de las disposiciones impugnadas. La Ley 19.307 [de SCA] es una herramienta legislativa por la que el legislador, en ejercicio de su potestad de configuración normativa, ha buscado promover la libertad de expresión y de comunicación en su dimensión colectiva”.
Citando la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de Argentina sobre la llamada ley de medios de aquel país, la SCJ subraya que, a diferencia de lo que sucede “con la libertad de expresión en su dimensión individual, donde la actividad normativa del Estado debe ser mínima, la dimensión colectiva requiere una protección activa por parte del Estado”. El ministro Jorge Chediak manifestó su discordia en este punto, al considerar que “debe analizarse” si la norma efectivamente custodia “el interés general”, para lo que hay que tener en cuenta “reglas de razonabilidad”. Explica: “La ley impugnada, en algunos aspectos, ingresa en los contenidos que emiten los medios de comunicación, lo que no parece estar de acuerdo con el interés general de esta época, en la que, precisamente, este se condice con la mayor libertad de expresión posible y en la que los ciudadanos, a través de las nuevas tecnologías, acceden a los contenidos de su interés sin estar cautivos de la programación que otrora les imponían las viejas tecnologías”.
Los que no
El artículo 39, inciso 3, de la ley establece que el Poder Ejecutivo podrá “mediante resolución fundada y previo informe del Consejo de Comunicación Audiovisual, incluir eventos adicionales en esta modalidad”, es decir, eventos de interés general (que según la ley deben ser emitidos en televisión abierta, en directo y en simultáneo). La ley establece que son eventos de este tipo las “actividades oficiales de las selecciones nacionales de fútbol y de básquetbol en instancias definitorias de torneos internacionales y en instancias clasificatorias para los mismos”, pero además le da la potestad al Ejecutivo de determinar otros eventos de interés general, y esto último es cuestionado por unanimidad por la SCJ. Dos ministros (Chediak y Jorge Larrieux) consideran que la norma habilita “en forma ilimitada y atemporal, y sin la necesaria justa y previa compensación, la expropiación de derechos patrimoniales”, mientras que los otros tres (Felipe Hounie, María Elena Martínez y Ricardo Pérez Manrique) consideran que “al no definir la ley qué es “evento de interés general” y permitir que el Ejecutivo amplíe la lista de eventos, “está haciendo una remisión en blanco a la reglamentación, lo que, incuestionablemente, viola el principio de legalidad”.
Por mayoría y con matices en los argumentos, la SCJ también consideró inconstitucional el artículo 55, que limita la cantidad de clientes que pueden tener las empresas de servicios de televisión para abonados. Según los ministros “en localidades donde el único prestador del servicio de televisión para abonados es Directv, esta se verá obligada a rescindir contratos, es decir, a perder patrimonio, sin la justa y previa compensación”, y además señalan que se afectan derechos adquiridos de la empresa, por lo que se lesiona la seguridad jurídica.
El artículo 60 es considerado inconstitucional, pero sólo en su literal C. Este artículo es el que establece las “cuotas pantalla”: que 60% de la programación en servicios de televisión comercial y pública sean producciones o coproducciones nacionales. Esos dos primeros literales y el cuarto se mantienen, y se considera inconstitucional el literal C, que establece que 30% de la programación nacional antes exigida debe ser realizada por productores independientes. En particular la sentencia se centra en el segundo inciso del literal, que obliga a emitir estrenos de ficción televisiva o cinematográficas y películas de producción nacional por cierta extensión (habla, por ejemplo, de “un mínimo de dos horas por semana”) y en determinada franja horaria (“entre la hora 19 y la hora 23”), lo que, argumentan, “no se ajusta al contenido del derecho de libertad de expresión”. “La elección de qué se expresa, ya sean ideas, opiniones, sentimientos, obras artísticas o de entretenimiento, es enteramente libre y debe estar, en forma casi absoluta, fuera del control de las autoridades y de otros actores sociales”, afirma la sentencia.
El otro artículo considerado inconstitucional por unanimidad es el 98, inciso 2, que establece que si el titular de un servicio no permite que se inspeccionen sus instalaciones la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación puede suspender inmediatamente las emisiones. Esto, señala la SCJ, transgrede “el derecho al debido procedimiento administrativo”.
Los que sí
Pero Directv había impugnado 27 artículos de la ley; muchos de ellos -la mayoría- fueron declarados constitucionales. Al ya comentado sobre la cuota pantalla (el 60) se suman el 56, que impide que una empresa de televisión de abonados explote también servicios de telecomunicaciones; el 117, que obliga a que los servicios de abonados incluyan en su paquete a TNU y a los canales de televisión abierta, comerciales, públicos o comunitarios del área de cobertura (conocido como must carry); el 142, que establece algunos minutos de publicidad gratuita para campañas electorales; el 33, que regula que los mensajes publicitarios no deben “producirles perjuicio moral o físico” a los niños y adolescentes; y el 32, que establece el horario de protección al menor.
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2) Gobierno esperará más fallos de la SCJ para definir el futuro de la ley de medios
(El Observador)
«Faltan 18 sentencias», sostuvo la ministra de Industria, Carolina Cosse
Antes de decidir qué hacer con la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA, también llamada ley de medios), el Poder Ejecutivo esperará a tener más fallos de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), dijo ayer a El Observador la ministra de Industria, Carolina Cosse.
El martes, el máximo órgano del Poder Judicial emitió el primer fallo en relación a la norma y declaró inconstitucionales cuatro (aunque solamente uno en su totalidad) artículos de la ley, en el marco de un recurso presentado por la empresa Directv. Pero todavía restan los pronunciamientos en relación a otro centenar de artículos impugnados por otros medios de comunicación, entre ellos, los canales privados de televisión abierta, los operadores de cable y varias radios.
Por tal razón, el gobierno quiere analizar la evolución de la jurisprudencia de la SCJ antes de reglamentar la ley o derogar los artículos objetados. «Vamos a esperar más fallos para tomar una decisión. Estamos analizando esta sentencia, pero de las 19 acciones esta es el primer fallo»,explicó.
Consultada sobre si el gobierno cree que la ley sale fortalecida en este primer fallo –tomando en cuenta que se declaró inconstitucional un artículo y otros tres en forma parcial de los 27 que había impugnado Drectv–, Cosse respondió: «Faltan 18 sentencias. Entonces no tengo elementos para evaluar eso». En tanto, el presidente de la SCJ, Ricardo Pérez Manrique, dijo ayer que la posición definitiva del máximo órgano judicial sobre la ley de medios «se sabrá cuando haya más fallos».
Ganadores y perdedores
El primer fallo de la SCJ sobre la ley de medios trajo buenas noticias para algunas empresas y organizaciones que se habían manifestado en contra de algunos aspectos de la regulación. En cambio, otros actores perdieron la pulseada.
Por el momento la decisión parace favorecer en algunos puntos sustanciales a la empresa DirecTV, a los realizadores nacionales de TV, al INAU y a ANTEL. En contrapartida, los canales de televisión, la Asociación Nacional de Broadcasters del Uruguay (Andebu) y las agencias de publicidad se vieron perjudicadas con la decisión.
De los 27 aspectos impugnados por la empresa Directv, la sentencia de la SCJ declaró la inconstitucionalidad en cuatro de ellos, aunque no todos en su totalidad. De hecho, el artículo 55 (que limita la cantidad de servicios que pueden brindar las empresas de televisión para abonados) será es el único que no se aplicará en ninguno de sus incisos sobre la empresa reclamante. En el resto de los artículos (el 39, el 60 y el 98), la SCJ solo inhabilitó una parte de su aplicación por lo que la victoria de Directv apenas se muestra de manera parcial (ver recuadros).
A pesar de que la sentencia aplica solo para el caso concreto de Directv, marca un precedente para el resto de los canales que se habían mostrado en contra de la normativa. Además, la decisión del máximo órgano judicial también termina por afectar a otros involucrados que, de manera directa o indirecta estaban representados en la normativa, como sucede por ejemplo con los productores independientes, que ya no tendrán garantizado determinado espacio en pantalla de Directv tal como lo establece la norma.
Fallo contra inciso 3 del artículo 39
Ayer, El Observador informó que el fallo contra la ley de medios hacía caer el artículo 39, que establece que los partidos de la selección uruguaya de fútbol o basquetbol por torneos clasificatorios o competencias internacionales deben ser emitidos por televisión abierta. Eso no es correcto, dado que todavía no hay posición sobre esa norma. Lo que se declaró inconstitucional es el inciso 3 que habilita al gobierno a considerar de interés público otros eventos.
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3) El secretario de Presidencia, Miguel Toma, seguirá personalmente el proceso del juicio por el Plan Cóndor en Italia.
(La Diaria)
El Estado uruguayo, parte civil en el juicio contra militares de la región que se lleva adelante en el Tribunal de Roma, Italia, por la coordinación represiva del Plan Cóndor, dispondrá de seis audiencias para presentar a sus testigos. Esto implica que, de los más de 40 testigos que tenía previsto presentar inicialmente el abogado del Estado uruguayo, Fabio Galiani, podrá citar aproximadamente a la mitad, en audiencias que deberán concluir en junio.
Para coordinar la estrategia del Estado uruguayo en la recta final de las exposiciones testimoniales, se reunieron ayer de tarde en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores los familiares de las víctimas que son denunciantes en el juicio, testigos -entre ellos el ex senador frenteamplista Enrique Rubio y el ex subsecretario de Industria, Energía y Minería Martín Ponce de León, que pertenecían a los Grupos de Acción Unificadora (GAU)-, la directora de la Institución Nacional de Derechos Humanos, Mirtha Guianze, y el coordinador del Grupo Verdad y Justicia, Felipe Michelini. Conversaron mediante videoconferencia con el abogado Galiani.
“Fue una de las tantas instancias de coordinación de estrategia del juicio Cóndor en Roma”, se limitó a señalar Michelini, y destacó que la participación del Estado uruguayo como parte civil “es muy importante desde el punto de vista simbólico, jurídico y político”, y está “en consonancia con la lucha por la verdad y la justicia que el Estado uruguayo está llevando adelante”.
Durante la videoconferencia se valoró la pertinencia de citar a militares como testigos, teniendo en cuenta que varios de ellos ya fueron procesados en juicios en Uruguay, que algunos están en libertad condicional y podría requerirse una orden judicial para sacarlos del país, y que la mayoría de ellos se ha negado a aportar información en los juicios por violaciones a los derechos humanos en la última dictadura. Se acordó que, dado que los testigos propuestos por el Estado uruguayo deberán ser menos que los previstos inicialmente, el recorte se realizara en los testimonios militares.
Una de los familiares que testificarán es la actual diputada frenteamplista Macarena Gelman, hija de detenidos desparecidos. “El testimonio de Macarena como víctima directa va a ser muy importante para el tribunal de Roma”, valoró Michelini, y aclaró que Gelman no testificará como integrante del Grupo de Trabajo Verdad y Justicia, sino en forma personal. “El Grupo Verdad y Justicia no tiene un fin persecutorio penal, aunque está al servicio del Ministerio de Relaciones Exteriores en cuanto a brindar toda la información que se le solicite”, aclaró Michelini. Además de los testimonios, el Estado uruguayo aportará documentación que ya es conocida, por ejemplo, los informes elaborados por las tres armas durante el primer gobierno del Frente Amplio, en particular el de la Armada, que fue el que aportó más información.
Una de las principales preocupaciones de testigos y organizaciones vinculadas a los derechos humanos es lograr el procesamiento del capitán de navío retirado Jorge Tróccoli, acusado en el juicio y cuya participación en la coordinación represiva ha sido señalada durante el proceso judicial. “La preocupación de una víctima o un familiar en relación a la calidad probatoria existe y es legítima, y hay que extremar todos los esfuerzos para que se pueda llegar con la carga probatoria más ajustada posible”, manifestó Michelini.
El presidente Tabaré Vázquez está haciendo un seguimiento directo del tema, y según supo la diaria designó al secretario de Presidencia, Miguel Toma, para seguir paso a paso el juicio. “La preocupación del presidente de la República en este tema es directa”, informó Michelini.
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4) IMM intima al Hotel Carrasco a que le pague US$ 1.300.000
Andrés López Reilly (El País)
El intendente Daniel Martínez resolvió intimar a la empresa Carrasco Nobile S.A., concesionaria del Hotel Casino Carrasco, por el incumplimiento del canon de vencimiento anual, cuyo plazo de pago venció el 7 de marzo. La Intendencia sostiene que el monto de la deuda asciende a $ 44.700.040 (algo más de US$ 1.300.000), cifra que «se ha incrementado por adeudos generados en el mes de enero y de febrero».
La intimación y los plazos de pago están previstos en el pliego del llamado a licitación, por el cual fue adjudicado el hotel en junio de 2009. El director de Desarrollo Económico de la Intendencia, José Saavedra, dijo ayer a El País que «hubo un cierre el 7 de marzo en el que se constató un atraso. El canon se liquida de forma anual y al cierre del ejercicio se los intimó al pago. Pero ellos nos han respondido que tienen intención de pagar».
Se trata de la primera vez que la empresa se atrasa en el pago del canon, anotó. «Ellos están trabajando en un modelo de gestión nuevo, apuntando a un modelo de jugadores con el que no habían trabajando anteriormente. Eso hizo que tuvieran una inversión mayor en la atracción de jugadores VIP, lo cual hizo que se atrasaran».
El jerarca, quien también integra la Comisión de Seguimiento de la concesión del Hotel Casino Carrasco, dijo que la intimación no se puede recurrir, por lo que la empresa deberá concurrir a la Intendencia «casi inmediatamente» a presentar un plan de pago. En tanto, el secretario general de la Intendencia, Fernando Nopitsch, dijo a El País que «no hay dudas que la empresa tiene dificultades».
Saavedra agregó que «mejoraron el funcionamiento del casino pero tuvieron que invertir más, porque traer jugadores del extranjero tiene costos superiores. Al jugador que viene del extranjero hay que darle hotelería y determinadas condiciones que hacen que sea más costoso. Apuntaron a un modelo de negocio que fuera más rentable con respecto al modelo de gestión que tenía anteriormente».
Nuevo modelo
El gerente del Hotel Casino Carrasco, Ignacio García, dijo ayer a El País que la empresa «técnicamente ha pagado el 100%» de sus deudas y que «lo que se está negociando es el nuevo modelo de negocio». También indicó que la firma tiene depositada una garantía de US$ 4 millones, que puede ser ejecutada por la Intendencia en caso que corresponda.
A pocos meses de haberse instalado en Montevideo, este empresario español completó una serie de contactos para mejorar las utilidades del Sofitel Montevideo Casino Carrasco & Spa, cuyo accionista mayoritario es la multinacional Codere, una empresa que ha tenido distintas dificultades económicas en varios países.
«Desde el año pasado hemos integrado el nuevo modelo de negocios VIP, se mejoró toda la parte del casino y hemos crecido muy bien, han cambiado mucho los números y tenemos las expectativas en el negocio internacional. Hay una diferencia de interpretación sobre el canon variable. El canon fijo y el de las máquinas (el que se paga por ganancia del casino) lo tenemos 100% en regla y al día. Lo único que existe es una pequeña diferencia, dentro de la liquidación variable, por el desarrollo del modelo VIP», explicó García.
El gerente de la concesionaria insistió en que «la interpretación de esta variable dentro del nuevo modelo de negocio VIP es lo que se está negociando técnicamente con la Intendencia».
Ignacio García es español y tiene residencia en Italia, pero desde julio de 2014 se encuentra en nuestro país para intentar mejorar las utilidades del negocio. Cuando llegó al país, la ocupación del casino era de tan solo 17%, al punto que había ocasiones en la que la sala de juego tenía más empleados que apostadores.
La mejora que logró en la sala de juegos y el trabajo que tiene por delante han hecho que ahora esté «buscando una casa» para instalarse en Montevideo, según confesó García ayer a El País.
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5) Estudio sugiere subir la edad de jubilación
(El Observador)
El envejecimiento poblacional por el que atraviesa Uruguay es el resultado de una evolución «muy positiva» en la sociedad, pero al mismo tiempo genera desafíos políticos, fiscales y económicos que «deben ser atendidos». Esa conclusión pertenece al estudio conjunto realizado entre el Banco Mundial y Cepal, denominado «Cambio demográfico y desafíos económicos y sociales en el Uruguay del siglo XXI».
La investigación considera «fundamental» que Uruguay abra la discusión respecto a modificaciones en los sistemas e instituciones que gestionan las políticas, de modo de adaptarlos a un contexto demográfico y social distinto, según explica el trabajo editado por Rafael Rofman, Verónica Amarante e Ignacio Apella.
En ese sentido, el estudio destaca que el envejecimiento de la población es una manifestación de desarrollo «muy bienvenida», porque refleja la caída de la mortalidad y el mejor control de la fecundidad en los hogares. Pero al mismo tiempo, recuerda que ese proceso genera demandas que sistemas como los de salud, jubilaciones o educación pueden no estar preparados para responder, dado el crecimiento de las necesidades de financiamiento de la población dependiente y la tendencia declinante en la población en edad activa.
En diálogo con El Observador, Rofman (especialista en protección social del Banco Mundial) consideró que las políticas sociales que hoy tiene el país «están bastante bien» con un sistema jubilatorio de alta cobertura, un sistema de salud «que responde a las necesidades básicas» de la población y un sistema educativo «más débil».
Sin embargo, Rofman dijo que «es muy claro que estas instituciones no van a sobrevivir en la forma en cómo están hoy en los próximos 80 años. No pueden hacerlo. No se puede tener un sistema previsional como el de hoy funcionando con la estructura poblacional del año 2100. No tiene sentido que en el año 2100 la gente se jubile a los 60 años cuando todavía le queden 30 años de vida y donde además sea gente joven y productiva», sostuvo el experto.
«En esa lógica es inevitable que haya un corrimiento en la edad jubilatoria. No quiere decir que hay que enviar una ley mañana, debe ser progresivo. Esto quiere decir que la sociedad uruguaya tiene que generar las condiciones para que la gente extienda su permanencia en el mercado de trabajo. Tiene que dar incentivos, tiene que permitir progresivamente más jubilaciones parciales, en la cual la gente se va retirando de a poco. Se tiene que generar espacios para que la gente continúe todo lo que pueda y quiera (en el mercado laboral)», afirmó el experto.
El estudio da cuenta que desde la perspectiva del sistema de protección social, y en especial de pensiones, el envejecimiento de la población implicaría un mayor nivel de erogaciones, al incrementarse el número de adultos mayores y su peso relativo en la población total. De esa forma, las transferencias en concepto de protección social se incrementarían del 11% del PIB actual (explicado casi en su totalidad por el sector público) a 18,6% en 2100 (con cerca de 25% en el sector privado).
Por otro lado, el trabajo señala que bajo un supuesto de un moderado desplazamiento en la edad de retiro (un año adicional cada diez años), producido en forma espontánea o mediante revisiones de la legislación, que mantenga estable la esperanza de vida al momento de retiro, la tendencia del gasto presentaría un cambio significativo. «El gasto total en jubilaciones y pensiones, que se espera aumente en alrededor de 75% en lo que resta del siglo si no hay cambios de fondo en el sistema, aumentaría aproximadamente la mitad con un ajuste en la edad de retiro de un año por década», dice el informe.
También se menciona como desafíos claves el aumento de los niveles de ahorro interno, de modo que permitan una mayor inversión y acumulación de capital productivo. En relación al sistema educativo, se entiende que deberá contribuir a un proceso de generación de capital humano «más efectivo», mediante la mejora de su cobertura y de la calidad de los resultados. Sobre el mercado de trabajo, se entiende necesario compensar la caída de la población en edad activa con una mayor participación de las mujeres y los adultos mayores en actividades de alta productividad (ver entrevista).
«La mayor presión demográfica prevista para las próximas décadas deberá tener, como respuesta, un aumento de los recursos disponibles (a través de un crecimiento sostenido de la economía) y una revisión de algunos parámetros críticos del sistema previsional», dice el trabajo.
«Se necesita más esfuerzo en mejorar el capital el humano»
—Uruguay está siendo menos efectivo en aprovechar las oportunidades que brinda el llamado «bono demográfico» (período en el que se registra el mayor porcentaje de población en edad de trabajar y con capacidad de generación de ahorro de su historia) ¿Por qué?
—Es un momento en el que se produce más excedente. Uno mira los niveles de ahorro y de inversión de Uruguay, no solo en capital físico sino en capital humano y son muy bajos. Eso hace que esta oportunidad esté pasando. Dentro de 15 o 20 años la presión demográfica va a hacer más difícil aumentar el nivel de ahorro. Ahora hay oportunidad de generar espacios en ese sentido. De acá a 2100 tiene que haber mucho más esfuerzo en mejorar el capital humano del Uruguay. Esto es invertir más en los niños, por ejemplo.
—¿Qué problemas pueda enfrentar el país si no introduce modificaciones para enfrentar los desafíos?
—Va a enfrentar un problema de menor crecimiento económico. Va a ser una sociedad más pobre. En muchos aspectos se está trabajando muy bien y se avanza, pero hay cambios que responden a que el contexto está cambiando. Cuanto antes se logre que el sistema educativo del Uruguay genere ingenieros de primer nivel en lugar de jóvenes que abandonaron secundaria mejor le va a ir al país. Uruguay genera muchos más jóvenes que abandonan secundaria que ingenieros. Eso hay que darlo vuelta.
—El proceso de envejecimiento requiere un incremento de la productividad. ¿Cómo se logra eso?
—Aumentando el capital humano, mejorando la educación, haciendo una política muy activa de promoción de la innovación y adopción de tecnologías nuevas. En muchos casos no tiene que ver con inventar una nueva máquina que haga cosas que antes no hacía, sino que la gente que antes trabajaba en actividades de muy baja productividad vaya desplazándose hacia trabajos de alta productividad que ya existen, pero que hoy tienen relativamente poca demanda.
—¿Qué importancia le asigna a la participación de las mujeres?
—Uruguay tiene en términos comparativos una tasa de actividad de las mujeres muy baja. Hay que resolverlo pronto. La actividad de las mujeres es crítica para aumentar la producción. Si sale del mercado de trabajo cuando tiene los niños y luego no vuelve más la pérdida de capital humano es monumental y Uruguay no puede darse ese lujo.
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6) Cuesta abajo: ajuste y desindexación salarial
Antonio Elías (Voces)
El objetivo de esta nota es analizar el impacto crecientemente negativo que tiene sobre el poder adquisitivo de los trabajadores la pauta salarial nominal que impuso el Poder Ejecutivo para la sexta ronda de Consejo de Salarios. Cuando el gobierno fijo la pauta, julio del año pasado, la inflación anualizada era 9,02%, el dólar valía $ 27,86, el déficit fiscal ascendía a 3,5%. El crecimiento del PBI había sido de 3,5% en 2014 y era de 1,5% de enero a setiembre.
En ese marco de datos y desconociendo la tendencias negativa de la mayoría de las variables de la economía nacional y regional se impuso, sin ningún fundamento económico, una pauta salarial basada en la existencia de una inflación decreciente.
Los últimos datos sobre las principales variables económicas son más que preocupantes y demuestran el grave “error/horror” de pronóstico del equipo económico: la inflación anualizada que llegó a 10,23% en febrero; la devaluación del peso hizo que el dólar llegara $ 32,52; el déficit fiscal alcanzo a 3,8% (2 mil millones de dólares).
Es importante resaltar que las reservas se redujeron en 4.200 millones de dólares -más del 26%- una parte sustancial para mantener un tipo de cambio que se sigue devaluando sin que se perciba cual es el beneficio macroeconómico para el país de estas operaciones que solamente retrasan, pero poco, un crecimiento inexorable del dólar. En lo que tiene que ver con la perdida de reservas no se puede olvidar la oposición frontal del gobierno a la propuesta del PIT-CNT de utilizar una parte muchísimo menor que la que se ha gastado para realizar políticas de reactivación económica.
Esto situación se da, además, en un contexto de vencimientos crecientes de la deuda en pesos y en dólares, las que seguramente se refinanciaran en condiciones más onerosas pasando los costos a las generaciones futuras. Lamentablemente la lógica del equipo económico es cubrir sus obligaciones pagando una deuda con otra deuda. El negocio del prestamista, como es bien conocido, no es recuperar el capital sino cobrar los intereses, que en el contexto mundial serán crecientes.
La demanda internacional relevantes para el país se genera en países con proceso de enlentecimiento de su economía como China (7%), en franca recesión como Brasil con una fuerte caída del PBI en 2015 (3,8%), o en un proceso de estancamiento con Argentina, con alta inflación y fuerte déficit fiscal. En ese contexto han caído las exportaciones en cantidad y en precio.
Los precios de las commodities a nivel internacional continúan bajando y, parecería, que se van a profundizar los problemas en Brasil y es incierto lo que sucederá con Argentina. La situación económica es de gran vulnerabilidad, somos un país tomador de precios y que vive en gran medida de las exportaciones y todo el auge (2005-2010) se produjo cuando teníamos “viento a favor” y ahora el viento cambió de dirección y viene en contra con velocidad creciente.
Estamos en un momento muy difícil y las medidas de ajuste que toma el gobierno – aumento de tarifas, reducción de inversiones, baja del salario real, restricción monetaria – generarán un proceso contractivo que afectará el nivel de actividad con sus lógicas consecuencias en los niveles de empleo e ingreso de los trabajadores.
La lucha distributiva que generar una espiral precios salarios tiene a los trabajadores encadenados a la pauta nominal, mientras que los precios aumentan significativamente. La medida propuesta por el Poder Ejecutivo de hacer un seguimiento de precios es francamente irrelevante, en tanto se rechaza el control de precios y se apuesta a lograr mayores niveles de competencia. Olvidando, parece, que el mercado nacional es muy pequeño y que en muchos bienes existe una sola empresa productora y/o importadora, o un pequeño conjunto de empresas que acuerdan una división del mercado, para no competir por precios.
Complementariamente, los empresarios que ganaron más en la época de auge no aportaran para el financiamiento del déficit del estado porque existe un compromiso del gobierno de no aumentar los impuestos.
La pauta salarial
Un reclamo permanente del movimiento sindical ha sido el control de precios, lo cual ha sido rechazado por el gobierno en todas las oportunidades, salvo cuando aplica una pauta salarial controla fuertemente el precio de la fuerza de trabajo.
En efecto la pauta salarial determina un aumento semestral nominal que es independiente de cual sea el incremento del índice de Precios al Consumo durante los dos primeros años, con un correctivo por inflación al finalizar ese período. Los que firmaron convenio en 2015 tendrán otro ajuste por inflación al terminar el tercer año.
En la pauta se definieron tres niveles de aumentos salario según la situación económica del sector: los que van a recibir menores aumentos son aquellos que trabajen en “sectores en problemas” que son beneficiarios de subsidios, tienen riesgo de pérdida de empleo; los que tendrán mayores incrementos serán los que estén laborando en “sectores dinámicos”, entendidos éstos como aquellos que crecen más de 4% anual; el tercer nivel de aumento lo tendrán aquellos que ni tienen problemas ni son dinámicos.
En todos los casos los aumentos son decrecientes a lo largo de del convenio, los sectores: con problemas (8%, 6.5% y 6%); medios (8,5%, 7,5% y 7%); dinámicos (10%, 9% y 8%). Esto quiere decir, por ejemplo, que aquellos que trabajan en sectores con problemas cuyos convenios vencieron en 2015, en el primer año tuvieron un aumento de 8%, pero en 2016, el incremento será de solo 6,5% y en 2017 de 6%.
Los sectores cuyos convenios vencen este año tendrán un aumento de 6,5% en 2016 y de 6% en 2017 (sus convenios serán por dos años) y el ajuste por inflación será al terminar el período.
La inflación de 2015 fue 9,44% (aplicado el UTE Premia para provocar deflación en diciembre) y la inflación anualizada a febrero fue de 10,23%. Como los ajustes son semestrales y nominales recibirán un ajuste de 4% en los dos primeros semestres y de 3.25% en el tercer y cuarto semestre, por lo que notoriamente existirán perdidas de poder adquisitivo en forma permanente a lo largo de los dos primero años. Recién al finalizar este período se indexará el salario y los trabajadores recibirían un ajuste para recuperar el valor del salario real previo a la firma del convenio.
Pero sí la tasa de inflación aumenta, como consecuencia del acelerado proceso devaluatorio las pérdidas de salario real serán más altas. De todas formas que los valores actuales de inflación se está muy lejos del piso de los trabajadores en las negociaciones: el 100% del IPC pasado.
La cláusula gatillo, por otra parte, se aplicaría cuando la inflación supere el 12% anual, lo que demuestra claramente que el gobierno asume que la inflación puede superar con alta probabilidad el 10% que accionaba el “gatillo” en convenios anteriores. Obviamente, las pérdidas de salario real derivadas de no acompañar la evolución de la inflación crecerán en forma proporcional al aumento del IPC.
La posibilidad de incrementos salariales por encima de los aumentos nominales de la pauta queda limitada al siguiente criterio: “las partes podrán acordar incentivos por productividad a nivel de empresa, conjunto de empresas o rama”.
En resumen, el mantenimiento de la pauta salarial implica una “apuesta” del gobierno – en el “casino” de una economía mundial y regional con grandes dificultades y riesgos – para frenar la inflación y reducir el déficit fiscal. Los trabajadores – activos y pasivos – nuevamente son la variable de ajuste de la economía e inexorablemente perderán poder adquisitivo y calidad de vida.
– Antonio Elías es Master en Economía, docente universitario, miembro de la REDIU y Director de INESUR
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7) Novick, Brechner, Gallinal, el esposo de Verónica Alonso y la pareja de Nin Novoa se suman a la lista de involucrados en los Panama Papers.
(La Diaria)
El semanario Búsqueda fue el único medio uruguayo que participó en la investigación periodística, coordinada por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación, sobre los más de 11 millones de documentos filtrados de Mossack Fonseca, una empresa panameña que, entre otros servicios, brindaba los necesarios para la apertura de empresas offshore, es decir, aquellas registradas en países en los que no operan. La empresa tiene una sucursal en Uruguay, uno de los diez países con más intermediarios de Mossack Fonseca (se registraron 298), y también figura entre los países con intermediarios más activos.
De ahí que haya muchos uruguayos involucrados en la apertura de sociedades offshore por intermedio de esta empresa panameña. Ayer el semanario publicó una lista de políticos, empresarios, futbolistas y abogados vinculados a distintas sociedades. Entre los políticos y jerarcas de gobierno aparecen el director del Plan Ceibal, Miguel Brechner, que tiene el poder general sobre una empresa registrada en las Islas Vírgenes Británicas (IVB), de la que su esposa y sus hijos son accionistas. Brechner dijo a Búsqueda que la creó en 2002 “pensando en el futuro” de sus hijos, fue utilizada para invertir en dos compañías tecnológicas en Israel y no tuvo actividad en Uruguay ni en la región.
Familiares del ex ministro de Economía y Finanzas Isaac Alfie también tienen acciones en una sociedad en las IVB. El ex senador blanco Francisco Gallinal figura como beneficiario de una empresa panameña y, según explicó al semanario, la empresa, que se creó para una posible inversión en Punta del Este que no se concretó, “nunca tuvo actividad ni movió fondos”.
Edgardo Novick, líder del Partido de la Concertación, es identificado como director de la sociedad anónima Arko Management, con sede en Seychelles. Novick lo desmintió y dijo al semanario que esa sociedad “nunca existió”. Búsqueda da cuenta de que el estudio uruguayo Rozemblum & Asociados había tramitado ante Mossack Fonseca un cambio en el directorio para que Novick fuera sustituido por otro uruguayo, y, si bien hicieron la solicitud en 2010, los profesionales consultaban si el cambio podía fecharse en 2008. Novick también dijo no conocer al estudio Rozemblum.
También aparece como beneficiaria de una empresa registrada en Panamá Patricia Damiani, pareja del canciller Rodolfo Nin Novoa y hermana de Juan Pedro Damiani, presidente de Peñarol y socio de uno de los estudios uruguayos que más empresas abrió por intermedio de Mossack Fonseca. El empresario Marcel Gerwer, esposo de la senadora nacionalista Verónica Alonso, figura como beneficiario de una sociedad registrada en las IVB. Dijo a Búsqueda que la empresa no tiene activos ni mueve fondos, y que es dueño de 10% de las acciones.
El semanario aporta más datos sobre el caso del ex canciller Sergio Abreu, cuyo estudio aparece como intermediario del futbolista Lionel Messi, quien pidió comprar una empresa de Mossack Fonseca al día siguiente de que la Hacienda española le imputara un fraude de 4,1 millones de euros. Abreu aseguró que su estudio no tenía nada que ver en la compra, y que sólo puso en contacto a los Messi con Mossack Fonseca, pero el semanario publicó ayer que en una “carta de indemnización” que el estudio de Abreu le envió a la empresa el 23 de junio de 2013, Sergio Abreu Muxí, el hijo del ex senador, afirma bajo juramento que su estudio mantiene “una relación de negocios con la persona a nombre de la cual solicitamos los servicios de Buffete MF & Co” y que llevaron a cabo todas las medidas para conocer al cliente. Allí afirma que los beneficiarios finales de la empresa son Jorge y Lionel Messi.
COMCOSUR AL DÍA / VIERNES 8 DE ABRIL DE 2016
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