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ARGENTINA: SENTENCIA HISTÓRICA: PERPETUA POR CRIMEN DE ODIO AL ASESINO DE DIANA SACAYÁN – comcosur mujer 561 – 25.06 .2018

COMCOSUR MUJER / AÑO 14 / No. 561 / lunes 25.06.2018

1) Argentina: Aborto Legal, aclarando las inexactitudes
2) Argentina: Sentencia histórica: Perpetua por crimen de odio al asesino de Diana Sacayán
3) Uruguay: «Los modernos» mejor película del LGBT Film Festival
4) ¡Dios nos libre!
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COMCOSUR MUJER / Fundado por Yessie Macchi / AÑO 14 /No. 561 – Lunes 25 de junio de 2018 / Producción: Beatriz Alonso y Belén Itza / Apoyo técnico: Carlos Dárdano
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“Por un mundo donde seamos socialmente iguales, humanamente diferentes y totalmente libres” Rosa Luxemburgo
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1) ARGENTINA: ABORTO LEGAL, ACLARANDO LAS INEXACTITUDES

El día 14 de junio la Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto de legalización de la interrupción voluntaria del embarazo finalizando un largo proceso democrático, deliberativo, informado y participativo. Ante las recientes afirmaciones de la Diputada Elisa Carrió que siembran dudas sobre el proceso deliberativo y las razones por las que una mayoría de la Cámara aprobó el proyecto de ley, deseamos aclarar las inexactitudes en las que también otras personas han incurrido aportando una vez más argumentos construidos desde nuestro trabajo como referentes y organizaciones defensoras de los derechos humanos, con trabajo en el campo de la salud y género:

Aborto Legal

I.. El tratamiento del proyecto fue un claro ejercicio de democracia representativa y deliberativa.

Durante más de dos meses se llevaron adelante reuniones informativas convocadas por las cuatro comisiones de la Cámara de Diputados que debían tratar el proyecto. Todos los martes y jueves de 9.30 a 18 horas expertas/os, especialistas, militantes, profesionales de la salud, ciudadanas/os fueron a exponer sus puntos de vista, argumentos y evidencias sobre el tema. Fueron más de 700 personas, tanto a favor como en contra de la reforma legal propuesta, en una apertura de la Cámara de Diputados al debate ciudadano sin precedentes. Finalizadas las reuniones, las cuatro comisiones sesionaron en pleno en tres oportunidades para llegar a un dictamen consensuado. Como resultado, se acordó un dictamen de mayoría que recuperaba los proyectos de ley presentados con algunas modificaciones y un dictamen de minoría que proponía desestimar la reforma.

El miércoles 13 y jueves 14 de junio el proyecto fue tratado en el recinto de la Cámara de Diputados de la Nación. El debate legislativo duró 23 horas y argumentaron su voto cerca de 150 diputadas/os mientras miles de personas se movilizaban alrededor del Congreso o seguían desde sus casas el debate. Nuevamente, se escucharon voces diversas.

Tanto durante las reuniones informativas como en la sesión, se presentaron datos, experiencias y argumentos jurídicos, políticos, de salud pública, ética, religiosos y filosóficos. Fue un proceso democrático, pedagógico, responsable, respetuoso y transparente, posiblemente el más deliberativo de la historia de la democracia argentina.

Este proceso se mostró abierto y permeable a la participación de la ciudadanía así como también de las/os integrantes de la Cámara. Cualquier diputada/o podía proponer expositoras/es, asistir a las reuniones informativas y hacer preguntas. Si, por cualquier motivo, algún/a diputada/o no hubiese optado por esta posibilidad, no quedaba excluida/o de intervenir como orador/a durante la discusión en el recinto, de exponer las razones de su voto y de tratar, con ello, de persuadir a otras/os integrantes del parlamento.

Pueden identificarse en detalle cómo fueron los votos dentro de cada partido. En relación a la fuerza política que integra la Diputada Carrió (Coalición Cívica – ARI) solamente uno votó a favor de ampliar el reconocimiento de los derechos reproductivos de las mujeres. Mientras que nueve votaron en contra. Según este panorama, no podría sostenerse que hubo coerción a las/os diputadas/os del partido para votar en uno u otro sentido. Es difícil comprender por qué la Diputada Carrió, que no asistió a ninguna de las reuniones informativas y que llegó a la sesión unas pocas horas antes de la votación sin darse la oportunidad de escuchar a sus colegas del recinto argumentar y sostener sus posiciones, afirmó que se trató de un proceso de coerción en lugar del proceso deliberativo que fue.

II. Es un cambio legal: el proyecto que logró media sanción propone pasar de un régimen de legalización por causales a uno mixto que incluye interrupción voluntaria del embarazo dentro de un plazo y, luego, por causales.

La gran mayoría de los proyectos presentados ante la Cámara de Diputados de la Nación proponía una modificación en la forma en que las normas receptan el derecho al aborto. Actualmente, y desde 1921, en Argentina existe el régimen de causales. Esto quiere decir que el aborto se encuentra prohibido salvo que se den algunas situaciones (causales) que generan un derecho de las mujeres a decidir si interrumpir sus gestaciones o continuarlas. En el fallo “F., A. L.” de 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó que las mujeres tienen un derecho a la interrupción del embarazo en las circunstancias que establece el Código.

El proyecto aprobado por la Cámara de Diputados establece que las mujeres y personas gestantes tienen derecho a interrumpir sus embarazos hasta la semana 14 inclusive, sin necesidad de explicitar las razones para su decisión. Superado este plazo, podrán interrumpir sus gestaciones en casos de riesgo para la vida o la salud de la mujer, en casos de embarazo producto de violación (tal como ya lo establece el Código Penal) y en caso de diagnóstico de inviabilidad fetal extrauterina (esta úlitma causal se agrega en el proyecto aprobado).

Es decir que el principal cambio que plantea la reforma es sumar un plazo inicial de 14 semanas en el cual las mujeres pueden acceder a la práctica sin mediar una causal específica. Luego de ese plazo, las causales siguen vigentes tal como lo estaban en el Código Penal desde 1921 con el agregado de la causal de «inviabilidad fetal extrauterina».

III.. Es falso que se habilite el aborto en caso de “malformaciones”.

No hay nada en el texto ni en el espíritu del proyecto de ley aprobado que pueda llevar a pensar que habilita el aborto en caso de que el feto tenga alguna discapacidad. No se encuentra en toda la redacción la palabra “malformaciones”, ni ninguna similar. La causal “inviabilidad fetal extrauterina” refiere a un diagnóstico prenatal que indica que el feto podría desarrollarse durante la gestación sin posibilidad de sobrevida luego del parto.

Cuando se iniciaron las reuniones informativas ante la Cámara de Diputados, algunos proyectos de ley que se encontraban en tratamiento contemplaban esta causal con expresiones diversas.

En esa oportunidad, la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI) sostuvo que algunas redacciones contemplaban términos vagos, tales como «malformación» o «grave», y su aplicación podría dar lugar a interrupciones del embarazo por razones eugenésicas, discriminatorias y contrarias a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Por este motivo, se sugirió reemplazar tales expresiones por “malformaciones fetales incompatibles con la vida».

Finalmente, luego de un extenso trabajo de intercambio en relación al tema, se consensuó la terminología “inviabilidad fetal extrauterina” para que no existieran dudas respecto de la situación contemplada en la causal que resulta compatible con los estándares del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

IV. Es falso que el proyecto habilite la interrupción voluntaria del embarazo después de la semana 14

Durante el debate en el recinto, algunas diputadas/os en contra del proyecto argumentaron que el texto abría la posibilidad de que una mujer interrumpiera un embarazo en el octavo mes con la sola presentación de una declaración jurada. Suponer una situación así es desconocer lo que muestra la evidencia internacional y las prácticas profesionales y éticas de los equipos de salud. Además, suponer que una mujer podría ahora presentarse con una declaración jurada para solicitar un aborto en el octavo mes de gestación es no advertir que en ese punto el proyecto de ley aprobado no modifica en nada la regulación actual. Claramente ese planteo agita un fantasma que no existe.

Aquellos países que han introducido cambios legales similares al propuesto, observan entre un 10-12% de interrupciones realizadas después de las 14 semanas. ¿Quiénes son las mujeres que llegan a solicitar estas interrupciones después del primer trimestre? Son mujeres con fetos inviables, mujeres víctimas de violencia -en todas las expresiones- niñas y adolescentes que fueron abusadas sexualmente y que reconocen -tanto ellas como su familia o el equipo de salud que las asiste- que están embarazadas y continuar con una maternidad forzada significa una violencia todavía mayor.

También muestra la evidencia internacional que cuando se mejoran las condiciones de acceso, como sería este caso ya que se eliminarían muchas de las barreras que hoy existen durante el primer trimestre de la gestación, muchas mujeres toman la decisión de abortar en tiempos tempranos del embarazo, aun cuando existan causales que las habilitarían a una interrupción voluntaria más allá de la semana 14.

Creer que la decisión se basa en la liviandad, en el “amor líquido” o en posiciones “cool” como “la moda del aborto” es ignorancia o falta de respeto o un uso deliberado de la mentira como forma de oponerse a un proyecto que fue debatido democráticamente. Las mujeres son atravesadas por distintas situaciones de vida y reflexionan concienzuda y cabalmente sobre las decisiones, riesgos y responsabilidades que asumen. Legislar asumiendo que son seres frívolos o mentirosos sería un error empírico, ético y jurídico. Pero además, expresaría un desprecio inaceptable por la autoridad moral que tiene cada mujer.

V.. Es falso que el proyecto modifique el proceso de interrupción del embarazo en caso de violación.

Desde 1921, todas las mujeres tienen el derecho a interrumpir su embarazo si así lo deciden cuando este es producto de violación.

En el año 2012, a través del mencionado fallo “F., A. L.”, nuestra Corte Suprema sentenció que el “Código Penal no exige ni la denuncia ni la prueba de la violación como tampoco su determinación judicial para que una niña, adolescente o mujer pueda acceder a la interrupción de un embarazo producto de una violación”. Esta situación de “ausencia de reglas específicas para acceder al aborto permitido en caso violación supone tan sólo como necesario que la víctima de este hecho ilícito (…) manifiesten ante el profesional tratante, declaración jurada mediante, que aquel ilícito es la causa del embarazo, toda vez que cualquier imposición de otro tipo de trámite no resultará procedente pues significará incorporar requisitos adicionales a los estrictamente previstos por el legislador penal”.

En la misma línea, la Corte aclaró que cualquier requisito que no sea médicamente necesario puede constituir una barrera de acceso a interrupciones legales de embarazo dado que podría desalentar a quienes buscan servicios sin riesgos.

Por otra parte, el Máximo Tribunal sostuvo que si bien puede advertirse “la posibilidad de configuración de ´casos fabricados´, consider[ó] que el riesgo derivado del irregular obrar de determinados individuos (…) no puede ser nunca razón suficiente para imponer a las víctimas de delitos sexuales obstáculos que vulneren el goce efectivo de sus legítimos derechos o que se constituyan en riesgos para su salud”.

Así, el proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados de la Nación toma como base los estándares de nuestra Corte Suprema de Justicia, que refiere a los de la Organización Mundial de la Salud (OMS) propiciando armonía en la interpretación de nuestro sistema jurídico.

Tal como hicimos a lo largo del proceso que llevó adelante la Cámara de Diputados de la Nación, continuaremos apoyando el tratamiento de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo ante la Cámara de Senadores, aportando argumentos y evidencia científica en el marco de un proceso deliberativo, democrático y plural.

Adhieren:

ELA – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género
Redaas – Red de Acceso al Aborto Seguro Argentina
CEDES – Centro de Estudios de Estado y Sociedad
Amnistía Internacional Argentina
Fundación Huésped
Católicas por el Derecho a Decidir
CELS – Centro de Estudios Legales y Sociales
FEIM – Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer

COMCOSUR MUJER Nº 561– 25.06.2018
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2) ARGENTINA: SENTENCIA HISTÓRICA: PERPETUA POR CRIMEN DE ODIO AL ASESINO DE DIANA SACAYÁN

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 4 de la Ciudad de Buenos Aires condenó por mayoría a Gabriel David Marino a prisión perpetua por el crimen a la activista travesti de derechos humanos Amancay Diana Sacayán. En su veredicto, el tribunal consideró que se trató de un crimen de odio y que medió la violencia de género según los incisos 4 y 11 del artículo 80 del Código Penal. Es un fallo inédito e histórico. En este juicio fue la primera vez que la Justicia utilizó el término “travesticidio” en los expedientes.

“Esto es un cambio de paradigma. Es el mejor fallo que podríamos haber tenido. Es la primera vez que se hace Justicia por una travesti”, dijo emocionado a Presentes Sasha Sacayán, hermano de Diana.

El presidente del Tribunal leyó el fallo pasado el mediodía, después de un cuarto intermedio tras las réplicas y dúplicas de la fiscalía y la defensa. Cuando se conoció el veredicto, el piso sexto del Palacio de Tribunales estalló en aplausos y en la sala activistas y familiares largaron el llanto contenido durante 12 audiencias muy duras.

En la plaza frente a Tribunales, donde el activismo dijo presente en todas las audiencias, se había montado una radio abierta y cientos de personas escucharon desde allí el veredicto. Allí hablaron luego lxs activistas y amigxs de Diana, Sasha Sacayán, Romina Pereyra, Alma Fernández y Darío Arias.

En este juicio, que empezó el 12 de marzo, quedó probado que Diana Sacayán fue asesinada a puñaladas en la madrugada del 11 de octubre de 2015 en el departamento del barrio porteño de Flores. Su cuerpo tenía más de veinte cortes dos días después y según el perito Roberto Cohen – que realizó su autopsia- fue asesinada “con ferocidad”. La escena del crimen fue descrita por lxs primerxs testigos como “una película de terror”. A Diana la habían maniatado y después de asesinada la taparon con su colchón.

Diana tenía 39 años: había sobrevivido cuatro años al promedio de vida de travestis y trans en América Latina: 35. Durante la mitad de su vida había trabajado en la conquista de derechos para el colectivo, de los más violentados y criminalizados. Fue una de las impulsoras de la ley de identidad de género, la creadora del cupo laboral travesti-trans en la provincia de Buenos Aires, integrante del Programa de Diversidad Sexual del INADI, impulsora de la lucha por los derechos de las personas trans, secretaria de Asociación de Lesbianas, Gays y Bisexuales para América Latina (ILGA-LAC) y líder del Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación (M.A.L).

Gabriel David Marino, de 25 años, llegó al juicio acusado por “homicidio triplemente agravado por haber sido ejecutado mediando violencia de género, por odio a la identidad de género y con alevosía, en concurso ideal por robo”. Les investigadores creen que hubo una segunda persona que participó del asesinato de Diana, pero aún no ha sido identificada. Ese tramo sigue en etapa de instrucción y continúa siendo una incógnita.

Las querellas y las fiscalías: prisión perpetua

La querella encabezada por Luciana Sánchez -en representación de Say Sacayán, hermano de Diana y coordinador de MAL (Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación, fundado por Sacayán)- había pedido condenar a prisión perpetua a Marino como autor penalmente responsable del delito de travesticidio. Esto es, el homicidio agravado por odio a la identidad de género travesti de Amancay Diana Sacayán (artículo 80, inciso 4 del Código Penal), en concurso ideal con el artículo 80 inciso 11, por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género (femicidio), en concurso ideal por haber sido cometido con alevosía y en concurso real con robo simple, por haber sido apropiados 20 mil pesos de Diana.

La abogada resaltó que ‘contar con un enfoque de género desde el inicio -gracias al trabajo de la Unidad Fiscal Especializada en violencias contra Mujeres y personas LGBTIQ+ (UFEM) y la Comisión de Justicia por Diana- hizo posible colectar evidencia de los motivos porque la mató. “A diferencia de otros procesos, no es común contar con la calidad y cantidad de pruebas con que llegamos a este juicio, para poder identificar los elementos del odio. En general los escenarios de crímenes de odio quedan mancillados, no son abordados con protocolos rigurosos y quedan impunes”, dijo Sánchez en su alegato.

La querella del INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo), a cargo de Juan Kassargian, también había pedido prisión perpetua para Marino. Kassargian urgió al Tribunal a que tomara en cuenta los agravantes por odio, violencia de género y ensañamiento y alevosía. “Enmarcamos su homicidio en un crimen de odio, también llamado por la academia “por discriminación o prejuicio”, porque el perpetrador selecciona a la víctima por pertenecer a una minoría y además envía un mensaje de amenaza al grupo al que pertenece”.

El Ministerio Público Fiscal -Ariel Yapur por la fiscalía nro. 9 y Mariela Labozzetta de la UFEM- había pedido condenar a Marino prisión perpetua por homicidio triplemente agravado: por haber sido cometido por prejuicio de género, mediando violencia de género y por el vínculo con la víctima. En su alegato, les fiscales enfatizaron la importancia de que el homicidio fuera enmarcado en una “calificación correcta”: que “se llame al crimen por su nombre: un crimen por prejuicio y travesticidio, para comenzar a desandar el camino de invisibilidad e impunidad de este colectivo”. La fiscalía dijo que en el juicio el robo no había podido probarse y desistió de esa acusación.

12 audiencias, 30 testigxs, un acontecimiento histórico

La abogada y la fiscalía también solicitaron al tribunal una serie de medidas reparatorias para el colectivo de mujeres trans y travestis. A lo largo de 12 audiencias, el tribunal –integrado por Adolfo Calvete, Ivana Bloch y Julio César Báez- escuchó a casi 30 testigxs. Entre ellos peritxs, forenses, científicxs y una gran cantidad de travestis y trans. Por primera vez, la Justicia escuchó los relatos de este colectivo, ya no del lado de las acusaciones sino desde su lugar de víctimas de una comunidad estigmatizada y violentada en sus derechos más básicos.

A lo largo de las audiencias las voces de travestis y trans que dejaron constancia no sólo de la pérdida que significó el asesinato de Diana para el colectivo sino también de la violencia estructural con la que conviven a diario. Esta ha sido posible a partir del trabajo realizado por la querella, las fiscalías y la Comisión de Justicia por Diana Sacayán.

La Comisión -integrada por activistas y organizaciones de la diversidad- fue una de las principales impulsoras del juicio. En su alegato, la fiscalía valoró la participación que tuvo en el avance del debate oral y público.

El rol del activismo

Cada una de las audiencias se desplegó en una sala repleta de público. El activismo también acompañó fuerte afuera de los Tribunales. En cada audiencia, convocó a participar y a visibilizar el juicio desde la Plaza Lavalle. Sacudió las rutinas de la zona, de los trajes y los modos de les abogades y funcionarios judiciales, con radio abierta, actividades culturales y un festival de música.

Amaranta Gómez Regalado –activista muxe y antropóloga, de trayectoria internacional- viajó especialmente desde México, para declarar como testiga experta. Sus palabras ante el tribunal fueron una clase magistral, dirigida a un público amplio, sobre identidad de género, política, cultura y violencia, enmarcada en la situación regional. Lo suyo fue una especie de traducción cultural de la realidad que viven las personas trans en América Latina, con puntos en común y diferencias, explicada a la Justicia.

“Llegamos hasta acá con la certeza de haber logrado visibilizar en gran parte de la sociedad y conmover a muchxs de lxs actores políticxs, sociales y judiciales que participan de este proceso. Esperamos que el Poder Judicial esté a la altura de la historia y dicte un fallo ejemplificador y diga que el asesinato de Diana fue un crimen de odio y por prejuicio a su identidad de género travesti, que este Poder Judicial se exprese por primera vez en la historia sobre la muerte de las travestis y trans y reconozca que esto fue un travesticidio”, expresó la Comisión en su último comunicado.

Agencia Presentes/ COMCOSUR MUJER Nº 561– 25.06.2018
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3) URUGUAY: «LOS MODERNOS» MEJOR PELÍCULA DEL LGBT FILM FESTIVAL

En Barcelona, «Los modernos» fue elegida por el público como mejor película del LGBT Film Festival

El Barcelona LGBT Film Festival finalizó su 23ª edición dedicada a abordar los conflictos de diversos colectivos dentro de la comunidad LGBTI, y entre los films premiados, la uruguaya Los modernos (2016), dirigida por Mauro Sarser y Marcela Matta, fue elegida por el público como mejor película. Según admitió Sarser en diálogo con la diaria, el hecho de ganar premios no es relevante en sí mismo, pero “que sea del público lo convierte en algo importante y gratificante”. Dos años después de haber estrenado este largometraje protagonizado por él mismo y Noelia Campo, el director cuenta que está enfocado en seguir trabajando y ya cuenta con dos películas listas para rodar, aunque aún no han logrado obtener financiamiento.

Para Campo, este reconocimiento popular es un acontecimiento importante que la motiva, porque “cuando uno realiza una obra creativa pretende llegar a la mayor cantidad de público posible, ya que se trata de expresar ciertas cuestiones que, en muchos casos, generan empatía, emociones, reflexiones. Y esto es lo que sucede con la temática que trata Los modernos”, dice, en referencia a una película que se despegó de la tradición del cine uruguayo a partir del enfrentamiento de tres parejas, que debían elegir entre la paternidad, la realización profesional o su libertad sexual, a la vez que cuestionaba los lugares comunes, el arte considerado de vanguardia, el posmodernismo, y los estereotipos del mundo contemporáneo.

Para la actriz, este reconocimiento del público también se produjo en Uruguay, sobre todo a partir del importante número de espectadores que asistió a las funciones y por el gran logro de haber estado en cartel durante dos meses y medio. “Entonces uno siente que valió la pena el esfuerzo, porque nosotros empezamos a rodar sin ningún fondo. Por suerte, después obtuvimos un fondo de Montevideo Audiovisual, y eso colaboró”. De todas formas, el presupuesto reducido “motivó la elección del blanco y negro, que, al día de hoy, creo que le aporta mucha riqueza a la historia, a la narración. Y contamos con el apoyo del público en Barcelona, una ciudad muy interesante a nivel cultural, y donde se manejan diversas estéticas y pensamientos” estimulantes.

De este modo, Los modernos agranda su palmarés, luego de que, en 2016, la Asociación de Críticos Cinematográficos del Uruguay le dedicara el premio a la mejor actuación femenina (por Campo), y a la revelación, por la escritura, dirección y montaje a cargo de Sarser y Matta.

La Diaria / COMCOSUR MUJER Nº 561– 25.06.2018
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4) ¡DIOS NOS LIBRE!

El movimiento Con mis Hijos no te Metas.

Hace dos meses, en un viaje de avión Lima-Montevideo, tuve la oportunidad de entrevistar a Christian Rosas, fundador del movimiento Con mis Hijos no te Metas. Aunque algunos bromean con que Dios me programó este encuentro cercano, de a ratos muy escalofriante, con uno de los grandes embanderados de la lucha contra la perspectiva de género y la diversidad, que estos grupos han rebautizado “ideología de género”, fue iluminador y preocupante escuchar de primera mano cómo financian, organizan y planifican sus estrategias, propias de un pensamiento bélico en el que hay un enemigo a destruir.

Primeramente tenemos que decir que este movimiento que Rosas fundó en Perú en 2016 es una versión latinoamericana y perfeccionada de un movimiento de finales de los años 70 de Estados Unidos, llamado Save our Children (salvemos a nuestros niños). Este surgió desde el interior del movimiento conocido como Mayoría Moral, sector ultraconservador y religioso del Partido Republicano, como una protesta contra enmiendas que buscaban prevenir la discriminación a la comunidad gay en el estado de Florida. Con mis Hijos no te Metas surgió como reactivo a la visibilidad y a los derechos que fue adquiriendo la comunidad LGTBI. El concepto central era y es “salvar a nuestros niños” de los “otros” que son diferentes a nosotros los blancos, heterosexuales y judeocristianos. Así como en la Guerra Fría el adversario que destruiría la civilización occidental fue el comunismo, hoy el enemigo son quienes promueven los derechos de la comunidad LGTBI y las mujeres.

Según Rosas, su movimiento ha tenido diferentes etapas. La primera es informar, buscando demostrar que “el género es un postulado ideológico”, que “no es una definición médica”, que “sus bases son antinaturales y anticientíficas, y buscan ubicar al ser humano bajo un lente interpretativo”. Este postulado es común a los nuevos movimientos conservadores como A mis Hijos no los Tocan, Varones Unidos y Stop Abuso. Aunque tienen una base y un origen cristiano conservador, han cambiado su estrategia: ya no usan lenguaje religioso, sino que hablan en términos de ciencia, razón, derecho y libertad; usan definiciones provenientes de ámbitos científicos, como el manual de psiquiatría y publicaciones de la Organización Mundial de la Salud, para referirse a la transexualidad como una enfermedad.

La segunda etapa consiste en la reacción. Para esto, Rosas plantea la necesidad de “conformar grupos estratégicos de diferentes estratos sociales y culturales que tengan el objetivo de luchar por la verdad, la ciencia y la razón, contra esta arremetida con amplio apoyo político”. Rosas todo el tiempo define a la perspectiva de género como “una ideología autoritaria”, y con este argumento se genera un monstruo invisible al que hay que atacar en las leyes, en los manuales educativos, en la cultura e incluso en la fe.

La tercera etapa de este movimiento consiste en tratar de provocar reacciones violentas de los grupos a los que ellos denominan “pro muerte”: el propio Rosas citó como ejemplo de este accionar el “plantón” que hicieron frente a la marcha del 8 de marzo, portando pancartas que profesaban “femeninas sí, feministas no” y “Con mis hijos no te metas”, acción en la que las y los presentes no tenían permitido hablar. Se trataba especialmente de mujeres; muchos de quienes participaron bajaron de camionetas con el logo de Beraca, la ONG fundada por el pastor Jorge Márquez y por la que Rosas siente profunda admiración.

Por último, y en relación con lo organizativo, Rosas plantea que “una de las primeras condiciones para exportar este movimiento es que no se institucionalice, porque al institucionalizarlo se reduce y se concretiza lo abstracto, allí vienen las cuentas bancarias y los registros públicos, eso es en detrimento de la estrategia […] no se puede atacar lo que no se puede definir, al no registrarse, al no definirse, se vuelve algo ambiguo […] el ataque naturalmente será a los voceros, pero los voceros son descartables”.

La nueva estrategia no incluye sólo la movilización de personas en las calles –en Perú han logrado convocar hasta a dos millones de personas en las diferentes ciudades–, sino también el lobby político a nivel nacional, regional e internacional. Además de la presencia parlamentaria nacional, ha sido muy destacada su presencia en las últimas asambleas de la Organización de los Estados Americanos (OEA), como la que se desarrolló hace pocos días en Washington, o en la sede de la Organización de las Naciones Unidas. Estos grupos ya no tienen sólo un vocero o dos que llaman la atención por su postura intransigente, sino que ahora han logrado amplio apoyo de gobiernos y se han posicionado en varios sectores de la sociedad civil. Según Rosas, han logrado que 700 parlamentarios de 18 países firmaran la “Declaración de México”, una plataforma de incidencia regional para “defender la familia, la libertad religiosa, el derecho a la vida y combatir la ideología de género”. Lo que genera este escenario es un ambiente de polarización y radicalización, con una guerra de tipo moral, en la que los debates electorales centrales dejaron de estar vinculados con la lucha contra la pobreza, la educación o el trabajo, para que pasaran al centro las concepciones sobre familia, sexualidad y género.

Rosas advierte que su alcance político no está restringido exclusivamente a grupos de derecha. Por ejemplo, en México cuentan con el apoyo de Manuel Antonio López Obrador, candidato de izquierda con amplias chances de ganar las elecciones presidenciales. Asimismo, plantea que en Uruguay hay dos personas en el gobierno que los apoyan y darán a conocer en breve un informe que da cuenta de supuestos vínculos del gobierno con “grupos pedófilos”. Este movimiento está en sus inicios en Uruguay y va creciendo, pero es posible anticipar parte del escenario político observando lo que pasó en Brasil, Costa Rica, Perú, Colombia, e incluso en Estados Unidos. Para Rosas, el objetivo central del movimiento es “erradicar la ideología de género de Perú, el continente y el mundo”.

La Diaria / COMCOSUR MUJER Nº 561– 25.06.2018
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“El perdón no se puede lanzar al aire, a ver si cae en la cabeza de quien corresponde” Luis Pérez Aguirre
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